Tú
¿Cuándo quieres jubilarte?
Tu familia
Son tus derechohabientes: reciben la pensión por muerte. También cambian tu pensión de vejez, porque con familia el saldo debe alcanzar para más años de pago.
Padres, hermanos y otras personas
Solo cobran si no hay cónyuge ni hijos con derecho: primero los padres; si no hay padres, los hermanos menores de 18. El tercer grado, solo si no hay nadie de primer ni segundo grado.
Aportes antes de mayo de 1997
Si aportaste al sistema antiguo (Reparto), te corresponde la Compensación de Cotizaciones (CC).
Tu saldo
Cópialo de tu Estado de Ahorro Previsional de la Gestora.
Tus aportes
Escribe tus últimos meses aportados con su total ganado, como en tu estado de cuenta. Con los últimos 24 a 60 se calculan tus referentes salariales; si un mes tiene dos líneas (un reintegro, dos empleadores), escribe las dos.